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Allana PAN camino a Plataforma Centinela con iniciativa de Ley de Videovigilancia

Por Javier Arroyo |

La fracción del PAN en el Congreso presentó una iniciativa de ley que allana el camino para que los GZZobiernos municipales, establecimientos comerciales y particulares otorguen el control y acceso de sus sistemas de videovigilancia a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal.

Se trata de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información, Comunicación y Videovigilancia para el Estado de Chihuahua, con la que se pretende la regulación de la tecnología que será aplicada con la implementación de la Plataforma Centinela.

El Grupo Parlamentario del PAN informó en un comunicado sobre la iniciativa presentada por su coordinador Mario Vázquez Robles, en el que se destacó el objetivo de garantizar derechos humanos y respeto a la vida privada y la intimidad de las personas, ante el uso de tecnologías de información y videovigilancia.

Norte Digital revisó el documento con la propuesta, en la que se observa el marco legal para la coordinación entre municipios y Gobierno del Estado en cuanto a los sistemas de videovigilancia, como lo es el que ya funciona en el CERI de Ciudad Juárez.

La ley propone crear, entre otras cosas, el Sistema Estatal de Videovigilancia y Registro Estatal de Equipos y Sistemas Tecnológicos, base de la operación de la Plataforma Centinela, la herramienta tecnológica cuya instalación se entregó en un contrato por 4 mil 2000 millones de pesos a la empresa Seguritech.

“El Sistema Estatal de Videovigilancia formará parte de las herramientas tecnológicas que la Comisión Estatal de Seguridad Pública destina para cumplir con sus funciones de seguridad pública, lo que implicará que los Ayuntamientos otorgarán acceso y control a las de las Tecnologías de la Información con las que cuente, para cumplir con los fines de esta Ley“, señala el texto propuesto para el artículo 16.

Desde su artículo 1, la iniciativa establece que objetivo de la ley es “establecer las bases de coordinación entre las instituciones de seguridad pública del Estado de Chihuahua y de sus municipios, en el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación”.

Asegura que ello se deberá lograr con base en la normativa en una materia que regula el Sistema Nacional y estatal de Seguridad Pública, y de acuerdo con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con la nueva ley se busca regular la ubicación, instalación, utilización y operación de equipos y sistemas tecnológicos como videocámaras y sistemas de videovigilancia, para la grabación o captación de imágenes con o sin sonido.

En otro de sus artículos, la iniciativa señala que la Comisión Estatal de Seguridad Pública, será el órgano de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua, encargado de desempeñar la función pública de videovigilancia.

Además, la propuesta concede el marco legal para “suscribir convenios con empresas de seguridad privada, establecimientos mercantiles, personas físicas o morales que, sobre el uso de la información obtenida de los equipos y sistemas tecnológicos que tengan en sus establecimientos”.

Dentro de las atribuciones que se le asignan a la Comisión Estatal de Seguridad Pública, destaca que llevará el registro de la instalación de sistemas tecnológicos de videovigilancia, empleadas por instituciones públicas de carácter Estatal y Municipal, así como de empresas de seguridad privada, legalmente constituidas.

Incluye también a particulares “en espacios públicos abiertos o cerrados, de conformidad a los términos y formatos que se señalen en el Reglamento de la presente ley”.

“La instalación fija de videocámaras por la autoridad será comunicada a la Comisión Estatal de Seguridad Pública, a efecto de que éste lleve el registro de las mismas y el seguimiento y destino de las imágenes y audio que se obtenga, así como de la supervisión del uso adecuado de ésta y de las grabaciones que se obtengan”, detalla una de las fracciones del artículo 10.

En la propuesta para el artículo 12, se establece que los Ayuntamientos de los Municipios en que se realicen actividades de videovigilancia, estarán facultados para integrar un Consejo Municipal de Videovigilancia, en términos que disponga el Código Municipal.

La propuesta de ley considera en su artículo 21 la prohibición para colocar propaganda, lonas, mantas, carteles, espectaculares, estructuras, o cualquier tipo de señalización u objeto que impida, distorsione, obstruya o limite el cumplimiento de las funciones de los sistemas o cámaras de videovigilancia.

Además, contempla un capítulo específicamente para regular la instalación de videocámaras en desarrollo inmobiliarios, es decir, en nuevos fraccionamientos, al igual que en establecimientos mercantiles.

Preservar la intimidad y la vida privada

En el comunicado del GPAN, se señala que la iniciativa pretende preservar la plataforma contra la influencia indebida de agentes del Estado que pretendan hacer mal uso de la videovigilancia, garantizando así su uso para inhibir la delincuencia y para castigarla.

“Queremos seguridad pública, pero con privacidad, respetando la vida privada”, dijo Mario Vázquez, el coordinador de los diputados del PAN.

“Esta ley busca garantizar los derechos humanos, puesto que toda persona tiene el derecho humano a la vida privada, lo cual abarca el derecho a la intimidad, lo que necesariamente se remite a la esfera de la vida en la que puede expresar libremente su identidad, en sus relaciones con los demás, o en lo individual”, señala el comunicado del GPAN.

Agrega que se busca propiciar aquellas condiciones necesarias para que la procuración y administración de justicia sea una realidad “y deje de ser una puerta giratoria en donde el delincuente ingresa y sale por una integración en su investigación que puede violentar derechos humanos”

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