Los quejosos no presentaron evidencia de tener la propiedad o posesión de los predios
El Décimo Juzgado de Distrito en el Estado de Chihuahua, sobreseyó el juicio de amparo que promovía un grupo de usuarios de la tercera unidad del distrito de riego 05 Rubén Acosta, en contra de los permisos otorgados por el Centro SCT de Chihuahua para la instalación de un tendido eléctrico de 4 kilómetros que alimentará de energía la planta productora de malta de Malteurop México.
El juzgado resolvió sobreseer el amparo debido a que los quejosos no presentaron evidencia de tener la propiedad o posesión de los predios.
Adicionalmente, el juzgado también considera en su resolución las conclusiones de los peritajes practicados, en los que se determina que la obra está dentro del derecho de vía, quedando demostrado que no existe afectación a los derechos reclamados por el grupo de quejosos, lo que hace improcedente al Amparo.
Esta sentencia definitiva de las autoridades judiciales, habilitan a Malteurop México a continuar las obras de construcción del tendido eléctrico hasta su finalización y operación, de acuerdo con los permisos y autorizaciones concedidas por las autoridades federales.
Malteurop México reiteró que conduce un plan de inversiones de largo plazo, que busca convertir a la región de Meoqui y al estado de Chihuahua en un polo de desarrollo agroindustrial, que impacta positivamente en diversos sectores agrícola, industrial y de servicios asociados.
“Malteurop México tiene como principio de actuación el respeto de la legislación vigente y, en consecuencia, está consciente de que la finalización de la obra será conforme a derecho”, dijo el corporativo a través de un comunicado.